Pronunciamiento ante la disolución de la Asamblea Nacional del Ecuador - #MuerteCruzada

 

Ante la disolución de la Asamblea Nacional del Ecuador decretada por el Presidente de la República del Ecuador, Guillermo Lasso, el 17 de mayo de 2023, las organizaciones que formamos parte de la Alianza por los Derechos Humanos en Ecuador nos pronunciamos, y hacemos un llamado urgente.

  • A los organismos y organizaciones internacionales y a la comunidad internacional a conocer las implicaciones de la activación de la Muerte Cruzada en los derechos de la ciudadanía ecuatoriana.

  • Exigimos al Ejecutivo y a todas los agentes del orden que respeten y garanticen los derechos y libertades constitucionales de cualquier expresión o manifestación pública realizada en ejercicio de protesta social.

  • El Ejecutivo, al disolver la Asamblea Nacional, evitó que esta realice su misión constitucional de Fiscalizar al Presidente de la República - de acuerdo con el dictamen de la Corte Constitucional del Ecuador No. 1-23-DJ/23 que dio paso al legislativo al juicio político.

  • Previo a la Muerte Cruzada Guillermo Lasso, mediante Decreto 730, dispuso a las Fuerzas Armadas realizar operaciones militares contra “personas” y “organizaciones” terroristas. Un serio riesgo para los derechos humanos cuando el poder legislativo y ejecutivo se concentra en una persona.

  • En un contexto de concentración de poder y militarización que vive Ecuador, ALERTAMOS de las violaciones de derechos que puedan producirse en contra de personas defensoras de Derechos Humanos, manifestantes y opositores políticos.

  • Advertimos a Fuerzas Armadas del Ecuador, Policia Nacional Ecuador y a todos sus miembros que el cumplimiento de “órdenes” no les exime de responsabilidad por violaciones de derechos humanos que puedan cometer.

  • Exigimos a la Corte Constitucional del Ecuador realizar control constitucional inmediato del Decreto 740 de Muerte Cruzada, al ser la 1era vez que un presidente emplea esta figura en Ecuador. De igual manera, con el 1er Decreto-Ley emitido este 17 de mayo y los que siguen.

  • Señalamos al Presidente de la República que, de acuerdo al Art. 226 de la Constitución, solo se puede emitir Decretos-Ley urgente, previo dictamen de Corte Constitucional. La Muerte Cruzada no es dictadura donde de facto se emiten Decretos de Ley a discreción y sin debate democrático.

  • TODAS las garantías constitucionales siguen vigentes y no se ha suspendido ningún derecho ni mecanismo jurisdiccional para reclamar su protección. Por tanto, alertamos que no existe justificación alguna para menoscabar, restringir o anular el marco constitucional de derechos.

  • Responsabilizamos al Gobierno Ecuatoriano de cualquier atentado que puedan sufrir personas defensoras de Derechos Humanos, líderes del movimiento indígena, activistas sociales, y cualquier persona que exija sus derecho.

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