Análisis del proyecto de Decreto de ampliación de la Zona Intangible Tagaeri Taromenane

Elaborado por:
Roberto Narváez, antropólogo
Paola Maldonado, geógrafa
Eduardo Pichilingue, ecólogo


El Decreto Ejecutivo No-230 de 29 de noviembre de 2017 que dio paso a la Consulta Popular, incorporó una pregunta (7) relacionada con la Zona Intangible Tagaeri Taromenane, cuyo contenido fue el siguiente: ¿Está usted de acuerdo en incrementar la Zona Intangible en al menos 50.000 hectáreas y reducir el área de explotación petrolera autorizada por la Asamblea Nacional en el Parque Nacional Yasuní de 1.030 hectáreas a 300 hectáreas?


El Art. 57 de la Constitución de la República del Ecuador, establece que “Los territorios de los pueblos en aislamiento voluntario son de posesión ancestral irreductible e intangible, y en ellos estará vedada todo tipo de actividad extractiva. El Estado adoptará medidas para garantizar sus vidas, hacer respetar su autodeterminación y voluntad de permanecer en aislamiento, y precautelar la observancia de sus derechos. La violación de estos derechos constituirá delito de etnocidio, que será tipificado por la ley.” (Asamblea Nacional, 2008); el mandato constitucional es claro al definir al “territorio de los pueblos en aislamiento” como irreductible e intangible, por lo cual es preciso que el Estado reconozca a la región del Yasuní (1) como el territorio tradicional de estos pueblos.


Los pueblos en aislamiento Tagaeri Taromenane son grupos familiares con filiación cultural waorani y lingüística wao terero (2), por lo cual debemos remitirnos a los patrones de movilidad tradicional (estacionaria y cíclica) waorani a fin de comprender las dinámicas históricas de ocupación en el Yasuní (Narváez, 2016), los sitios de presencia y movilidad actuales y aquellos que se darán a futuro (inmediato y mediato), y sobre los cuales es urgente que el Estado asuma su responsabilidad en el marco de las garantías que debe dar a los derechos de los pueblos en aislamiento, al ser pueblos vulnerables. (3)

El documento brinda un análisis del proyecto de Decreto que ha circulado en redes sociales, con el cual se pretende cumplir el mandato de la sociedad ecuatoriana de ampliar la Zona Intangible Tagaeri Taromenane (ZITT), para ello hemos recurrido al análisis espacial y a los conocimientos antropológicos y ecológicos existentes sobre los Pueblos Indígenas Aislados (PIA) para explicar las serias amenazas de dicho proyecto de Decreto.

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Notas

(1) Se denomina como “Región del Yasuní” a la región bio geográfica comprendida entre los ríos Napo y Curaray.


(2) “Los pueblos indígenas aislados serían reductos de pueblos mayores que, de acuerdo a las referencias históricas con que se cuenta, han optado por aislarse de la sociedad nacional debido a anteriores experiencias traumáticas de contacto.” (Huertas, 2002, pág. 21)

(3) “Son pueblos altamente vulnerables, que en la mayoría de los casos se encuentran en grave peligro de extinción. Su extremada vulnerabilidad se agrava ante las amenazas y agresiones que sufren sus territorios que ponen en peligro directamente el mantenimiento de sus culturas y de sus formas de vida.” (Oficina del Alto Comisionado de Naciones Unidas para Derechos Humanos, 2012).

Mapa del proyecto de Decreto: área de ampliación, la zona de amortiguamiento, zona de traslape con el Parque Nacional Yasuní. Elaboración: Fundación ALDEA.

Mapa del proyecto de Decreto: área de ampliación, la zona de amortiguamiento, zona de traslape con el Parque Nacional Yasuní. Elaboración: Fundación ALDEA.

Mapa con los principales riesgos del Decreto: Nuevos campos para la ampliación de la explotación petrolera, manejo regulado por el plan de manejo del parque y área con regularización de actividades. Elaboración: Fundación ALDEA.

Mapa con los principales riesgos del Decreto: Nuevos campos para la ampliación de la explotación petrolera, manejo regulado por el plan de manejo del parque y área con regularización de actividades. Elaboración: Fundación ALDEA.